lunes, 5 de noviembre de 2012

CONGRESO MUNDIAL FIVB 2012 (02)


SIN VUELTAS
P0R: JOSE TRONCON ASTE
CONGRESO MUNDIAL DE LA FIVB (02)
APRUERBAN  MODIFICACIONES CLAVES
EN LA CONSTITUCIÓN DE LA FIVB
SEGUNDA PARTE.-FINAL

Siguiendo  a las decisiones previas del Consejo de Administración y del Presidente Jizhong Wei  en sus reuniones con la Corte  de Arbitraje  del  Deporte (CAS)   su Secretario General Matthieu Reeb en  el mes de enero del presente año el CAS fué reconocido como la última instancia en materia  de Apelaciones, disputas referentes a la Constitución, los reglamentos y decisiones de la FIVB  a las que sus  cuerpos jurídicos se debe someter exclusivamente a el mismo  y  es considerado como un Tribunal constituido de acuerdo  con el  Código  de Arbitraje Deportivo sujetos a los artículos 2.3.2.3  que establece que los recursos deben ser  formulados ante el CAS solo después de que FIVB internamente haya agotado las posibilidades de solución .Las partes se comprometen a respetar las reglas del Código del CAS  y aceptan  en llevar las decisiones del CAS a buen término.

El Presidente de la Comisión de Asuntos Legales de la FIVB Hannu Kananen de la FIVB  expuso ante los miembros puntos claves de las diferencias de los Cuerpos Judiciales así como  las nuevas regulaciones disciplinarias como se detalla  a continuación:

EL PANEL DE APELACIONES
1.-Empoderado para decidir  todas las apelaciones.
2.-Proveeidos específicos en materia de Regulaciones Disciplinarias.
3.-Posteriores apelaciones al CAS.

EL PANEL DE ETICA
1.-Empoderado para resolver asuntos relativos  a aspectos de  naturaleza ética  y para someter propuestas  al Consejo e Administración o al Congreso de la FIVB.
2.-Previsiones específicas en las de regulaciones disciplinarias.

EL TRIBUNAL DE LA FIVB.-
1.-Empoderado para resolver disputas financieras entre  jugadores, entrenadores y clubs sometidas por la voluntad de las partes y libre de todo cargo.
2.-Disputas en las que no se debe permitir ninguna consideración en materia de justicia en la que se haga  referencias a ninguna ley  nacional o internacional.
3.-Apelaciones al CAS (Corte de Arbitraje del Deporte)
4.-Para aligerar la administración de un caso en una Confederación será escuchado por al árbitro de ese continente.

REGULACION ES DISCIPLINARIAS.-
1.-Reemplazan al Código de Conducta de la FIVB.
2.-Revisa el texto y la estructura  cuando las partes operacionales importantes puedan  interferir con el Código de Conducta de la FIVB.
3.-El Código de Etica del Comité Olímpico Internacional incorporado con adaptaciones  al de la FIVB necesita del anexo ”A”: Principios de buena gobernabilidad del Comité Olímpico >Internacional.

Una propuesta de incrementar el tamaño del Consejo de Administración de la FIVB de  32 miembros a 37  e incrementar el Comité Ejecutivo de 13 miembros a 18 NO FUE APROBADA asi como la propuesta adicional de incorporar al Comité Ejecutivo a los cinco Presidentes de las Confederaciones Continentales.

El Congreso también aprobó  las designaciones al Panel de ETICA  con los siguientes miembros:
AFRICA: Khiaid Abu Rashid (KSA)
ASIA: Abdelhadi Ghizali (MAR).
EUROPA: Lisa Wanibrghit (ENG)
CSV:  Rúben Urrutia Guimaraes (URU)
NORCECA: José Joaquín Puello (DOM)

El tercer y último día del Congreso  se realizó el día viernes cuya actividad principal fue la elección del nuevo Presidente de la FIVB..

NOTA DE REDACCION:-
Como hemos detallado la FIVB  en su último Congreso ha establecido nuevas reglas de juego en procedimientos fundamentales de gobierno de la misma en materia de  conducta, disciplina, ética y en lo relativo al funcionamiento de las instancias para la definición de cada uno de los Casos con la finalidad de subsanar vacíos y contradicciones del pasado por las que se generaron una serie de excesos en los  criterios de  conducción de dicha entidad los que inclusive derivaron en conflictos con el Comité Olímpico Internacional. 

Se han fijado especificaciones en  materia de Código de Conducta  e inclusive  un Tribunal Arbitral como instancia final y decisiva. Los alcances son a las Confederaciones Continentales por lo que la obligación de éstas es aplicarlas a todas las Federaciones Nacionales  afiliadas a éstas.. Finalmente  es nuestra opinión que las Confederaciones Continentales deberían  enviar un Arbitro para supervise los procesos electorales a llevarse a cabo en los países de sus Federaciones asociadas estableciendo que el incumplimiento de las Normas de la FIVB invalida dichos procesos y por ende impiden su reconocimiento por la autoridad nacional.

HASTA LA PROXIMA
JOSE TRONCON ASTE
PERIODISTA
CARNET CPDP No.051 –LIMA
CARNET AIPS No. 000583-PERU

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